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Preguntas Frecuentes Cumplimiento

¿Qué es el lavado de activos?

Es legalizar ingresos que provienen de actividades ilícitas o ilegales, es decir, las ganancias o ingresos derivados de tales actividades. Dichos ingresos o ganancias, son las que se lavan, limpian o blanquean para que parezcan como dinero obtenido de forma legal.

¿Por qué el lavado de activos es un delito?

Porque los recursos que se utilizan, provienen de actos delictivos, en tal sentido, su ejecutoria está penada por la Ley, pudiéndose cometer dos tipos de delito:

Culposo: cuando es el resultado de la imprudencia, impericia o negligencia.
Doloso: Cuando responde a la decisión propia de ejecutarlo

¿Cómo se participa en un delito?

Por autoría, por complicidad o encubrimiento

¿Cuales delitos están asociados al lavado de activos?

Tráfico ilícito de drogas, tráfico de personas, tráfico de influencias, tráfico ilegal de armas, tráfico de órganos humanos, hurto o robo de vehículos automotores, robo a instituciones financieras, estafas o fraudes financieros en las actividades públicas o privadas, secuestro, terrorismo y delitos conexos o que no tengan causa o justificación económica legal de su procedencia.

¿Qué instituciones se utilizan para lavar activos?

En general las instituciones financieras es decir, bancos estatales y privados sociedades financieras, asociaciones de ahorro y préstamo, almacenes generales de depósito, bolsas de valores, casas de cambio, puestos de bolsa, otros organismos de ahorro y crédito, administradoras públicas o privadas de pensiones, compañías de seguros y reaseguros, asociaciones de crédito o cualquier otra institución que se dedique a las actividades sujetas y supervisadas por parte de la Comisión Nacional de Bancos y Seguros (CNBS).

¿Qué operaciones deben ser reportadas por las instituciones supervisadas y no supervisadas por la comisión?

Todas aquellas transacciones efectuadas o no, que de acuerdo a los usos y costumbres de la respectiva actividad y de las técnicas modernas del comercio electrónico, resulten complejas, insólitas, inusuales, significativas y que no respondan a todos los patrones de transacciones habituales, que se presenten sin justificación económica o legal evidente o que siendo legales o evidentes resulten sospechosas, así como transacciones financieras que puedan constituir o estén relacionadas con actividades ilícitas y se sospeche que puedan ser o serán destinadas para el financiamiento del terrorismo o para actos de terrorismo .

¿Qué leyes existen en Honduras para reprimir el lavado de activos?

La Ley contra el Delito de Lavado de Activos, aprobada mediante Decreto No.45-2002 y su reforma; la Resolución de la CNBS No.869/29-10/2002; la Resolución de Directorio del BCH No.325-9/2003; el Acuerdo No. FG-02-2003 Reglamento de la Oficina Administradora de Bienes Incautados (OABI) y el Código Penal hondureño y sus reformas.

¿Qué sanciones establece la Ley al cometer el delito de lavado de activos?

1. Reclusión de 15 a 20 años, para la persona que realiza el delito
2. Reclusión de 15 a 20 años, para la persona que presta su nombre para delito testaferro,
3. Reclusión de 15 a 20 años agravada en un tercio, para representantes legales de las personas jurídicas
4. Reclusión de 15 a 20 años agravada en un tercio para servidores públicos, que valiéndose de sus cargos, participen, faciliten o se beneficien en el desarrollo de las actividades delictivas tipificadas en la Ley contra el delito de lavado de activos
5. Reclusión de 15 a 20 años rebajada en un tercio para el autor de tentativa y cómplice de delito consumado
6. Reclusión de 15 a 20 años rebajada en dos tercios para el cómplice de tentativa
7. Reclusión de 10 a 15 años a los promotores, directores y jefes de asociaciones y confabulaciones ilícitas
8. Reclusión de 6 a 10 años a los que se asocien o confabulen
9. Reclusión de 3 a 6 años para los que cometen infidencia
10. Reclusión de 2 a 5 años, al servidor público que en el desempeño de sus funciones ya sea por imprudencia, impericia o inobservancia de leyes nacionales e internacionales, permita que se cometa el delito de lavado de activos
11. Inhabilitación en el ejercicio del cargo para los servidores públicos
12. Si el BCH no envía la información a la UIF en el plazo establecido, se sancionará con una multa de L 2,000.00 diarios
13. Si el BCH no cumple con lo establecido en la Ley, se le aplicará una multa entre 10 y 100 salarios mínimos

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